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MUNICIPALIDAD ACLARA ALCANCE DE PROCESO DE FISCALIZACIÓN URBANÍSTICA COMUNAL

Procedimiento impulsado por la Dirección de Obras Municipales se encuentra respaldado por la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

En relación con la notificación remitida a propietarios de viviendas de la comuna por la Dirección de Obras Municipales (DOM), informando el inicio de un proceso de fiscalización urbanística de carácter comunal, la Municipalidad de Rinconada aclara que dicho procedimiento se encuentra plenamente respaldado por la normativa vigente.

Esta acción tiene por finalidad actualizar el catastro de propiedades, verificar el cumplimiento de la normativa urbanística y regularizar edificaciones que hayan sido ejecutadas sin los permisos correspondientes, contribuyendo así a un desarrollo urbano ordenado, seguro y conforme a la ley.

Al respecto, es importante precisar que la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) establece obligaciones claras para propietarios y propietarias:

.-Artículo 116 de la LGUC: establece la obligación de contar con un Permiso de Edificación previo a la ejecución de cualquier obra de construcción, reconstrucción, alteración o ampliación.

.-Artículo 145 de la LGUC: señala que ninguna edificación puede ser habitada o destinada a uso alguno sin el correspondiente Certificado de Recepción Final, emitido por la Dirección de Obras Municipales, el cual acredita el cumplimiento de la normativa vigente.

En este contexto, la notificación tiene un carácter informativo y preventivo, y no implica sanciones automáticas. Por ello, se invita a las y los propietarios notificados a acercarse a la Dirección de Obras Municipales dentro del plazo de 30 días corridos, con el objetivo de aclarar su situación particular, recibir orientación técnica y, de ser necesario, iniciar los procesos de regularización correspondientes.

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