La Secretaria Municipal estará a cargo de un Secretario Municipal que tendrá las siguientes funciones :
– Dirigir las actividades de Secretaria Administrativa del Alcalde y del Concejo.
– Desempeñarse como ministro de fe en todas las actuaciones municipales , y
– Recibir , mantener y tramitar , cuando corresponda, la declaración de intereses establecida por la Ley Nº18.575.