Municipalidad de Rinconada informa: RECORDATORIO PARA CONTRIBUYENTES QUE DISPONGAN PATENTES DE ALCOHOLES
Vencimiento presentación de documentos para pago de Patentes Comerciales (con venta de bebidas alcohólicas): 31 de mayo 2022
Documentación requerida:
Fotocopia de la cédula de identidad
Certificado de Antecedentes
Declaración Jurada (Ley de Alcoholes) que no está afecto a ninguna prohibición del artículo 4 de la Ley 19.925.
Artículo 4º.
No podrá concederse autorización para la venta de bebidas alcohólicas a las siguientes personas:
1.- Los miembros del Congreso Nacional, Intendentes, Gobernadores, alcaldes y miembros de los Tribunales de Justicia;
2.- Los empleados o funcionarios fiscales o municipales;
3.- Los que hayan sido condenados por crímenes o simples delitos;
4.- Los dueños o administradores de negocios que hubieren sido clausurados definitivamente;
5.- Los consejeros regionales y los concejales, y
6.- Los menores de dieciocho años.
*A los clubes, centros o círculos sociales con personalidad jurídica sólo podrá otorgársele patente para el expendio de bebidas alcohólicas, con informe anual favorable de la respectiva Prefectura de Carabineros.
Renovación de patentes de alcohol
Mediante el presente informamos a usted que el proceso de renovación de las patentes de alcoholes se debe realizar en el mes de mayo del presente año, conforme a lo dispuesto en los artículos 29 del Decreto Ley N 3.063 de 1979 y artículo 5° de la Ley de Alcoholes N° 19.925.
Para tal efecto, en su calidad de titular de Patente (s) de alcohol (s) deberá presentar la siguiente documentación:
PERSONAL NATURAL:
Certificado de antecedentes
Declaración Jurada (Según art. 4° Ley N°19.925 de alcoholes).
Certificado Junta de Vecinos
Certificado Prefectura de Carabineros (solo clubes sociales).
Patente al día.
Certificado de Capital Propio Tributario otorgado por su contador correspondiente al año comercial anterior (31/12/2021)
PERSONA JURÍDICA
Certificado de antecedentes del Representante Legal.
Declaración jurada Representante Legal (Según art. 4° Ley N°19.925 de alcoholes).
Personería jurídica Representante Legal.
Certificado Junta de Vecinos
Certificado Prefectura de Carabineros (solo clubes sociales).
Fotocopia patente al día.
Certificado de Capital Propio Tributario otorgado por su contador correspondiente al año comercial anterior (31/12/2021)
Concordante con lo señalado en el párrafo anterior, la documentación solicitada debe ser entregada en la Oficina de Partes del municipio impostergablemente hasta el día 27 de mayo del año en curso.
Al respecto, cabe señalar que si a la época de renovación de su patente, no concurren la totalidad de los requisitos exigidos, el Alcalde con acuerdo del Concejo Municipal, deberá denegar la renovación de la o las patentes giradas a su nombre.
Se agradece a usted, procurar el estricto cumplimiento de la presentación de la totalidad de la documentación requerida en el plazo dispuesto, dada a necesidad de cumplir con la normativa legal y no afectar sus legítimos intereses.